En el año 2017 el gobierno municipal de Sevilla y a través de su Dirección General de Empleo y Apoyo a la Economía e Innovación Social, encargó a un equipo de doce profesionales el desarrollo del proyecto «Espacios Comunes». Proyecto que suponía la detección y actualización de los datos básicos de 1 557 entidades locales del tercer sector como son asociaciones, fundaciones, cooperativas y sociedades laborales, a la vez que también se detectaba y actualizaba un listado de 233 bienes inmuebles municipales, con 133 de ellos infrautilizados de tipo local comercial, edificios y naves industriales. Con el objetivo de promover y ordenar cesiones temporales de uso de estos bienes inmuebles para las citadas entidades sociales, se redactaron —internamente para el equipo del proyecto— el borrador de documentos jurídicos tipo, ordenanza reguladora de las cesiones y una guía para la ciudadanía sobre cesiones temporales de uso. Se lanzó una encuesta masiva a estas 1 557 entidades sociales para conocer su situación actual y sus necesidades futuras, y se propuso a la Delegación de Bienestar Social y Empleo la creación de una oficina de atención al público para el desarrollo de las cesiones y la coordinación con otras entidades municipales directamente implicadas, como es el servicio municipal de Patrimonio. Todo ello quedó rápidamente en agua de borrajas tras finalizar el proyecto, como tantas iniciativas y promesas municipales de socializar los bienes públicos sevillanos. Véase el caso de la «Red de huertos urbanos de Sevilla». Sin embargo, ciertas entidades locales sí han conseguido cesiones. Como bien la ciudadanía ha podido conocer a través de la prensa, durante estos últimos siete años, tras la realización del proyecto, se acordaron las cesiones de la Casa Tapón en Pagés del Corro, por un período de 75 años, el antiguo colegio Bécquer y Liceo francés, o incluso también se formalizó hace más de siete años la cesión del Pabellón de Estados Unidos. ¿Por qué? Queda la sensación de que existe una doble vía con ritmos muy distintos: una rápida para las grandes empresas, ya sea mediante sus fundaciones o como les venga mejor gestionarlo, y otra lenta, para iniciativas socioculturales surgidas desde abajo, con una burocracia destinada a agotar proyectos apoyados en unos pocos cuerpos frágiles.
Volviendo a cómo fue el proceso de investigación en el proyecto, los resultados se recogieron sobre una base cartográfica en colaboración con la Gerencia de Urbanismo, la Oficina de Patrimonio y el Registro Municipal de Entidades. Los bienes inmuebles y las entidades sociales pudieron ser identificadas y descritas, distrito a distrito y barrio a barrio. El proyecto evidenció que existe una amplia variedad de bienes inmuebles municipales en desuso o infrautilizados, que se distribuyen por todos los distritos municipales. En especial se encontraban presentes en los distritos de Casco Antiguo, Macarena, Norte y Este-Alcosa-Torreblanca. Esto supone la punta del iceberg de un término municipal donde pueden ser registrados cientos de bienes inmuebles en desuso con variada titularidad, pública o privada, y condición urbanística y arquitectónica. Por otro lado, en diversas entrevistas, pudo demostrarse que ni siquiera algunos representantes de los Distritos municipales conocían esta información, demostrando, a su vez, la opacidad y descontrol en los procesos para la gestión de cesiones temporales de uso en el municipio de Sevilla, los cuales son jurídicamente gestionados por la oficina de Patrimonio municipal.
En España existen numerosos municipios que poseen una ordenanza municipal para la regulación de las cesiones temporales de uso de los bienes inmuebles municipales, como pueden ser los casos de Zaragoza, Málaga o Jerez de la Frontera. Estas cesiones pueden ser gratuitas o lucrativas. Además, y en general, para las cesiones temporales de uso se estiman algunas consideraciones importantes como son la descripción del bien inmueble, el interés público de la actividad a la que el bien se va a destinar, el plazo de duración de la cesión, las condiciones a las que está sujeta la cesión, los supuestos de extinción de la cesión y derecho de reversión, la no dependencia por parte del Ayuntamiento en cuanto a responsabilidad y gastos de suministros y adaptaciones o rehabilitaciones, cuantías monetarias garantes y pólizas de responsabilidad civil, además de otras posibles. Finalmente, la cesión debe ser sometida a información pública y ser registrada en el inventario de patrimonio municipal.
Si no se ordena la gestión de las cesiones temporales de los bienes inmuebles municipales se seguirán realizando cesiones arbitrarias no democratizadas, probablemente incluso a entidades que ya disponen de recursos económicos y materiales sobrados en comparación con otras entidades sociales o de otra índole que realicen actividades lucrativas o no lucrativas. Por otro lado, se carecerá de un registro público de estas entidades a las que se ha cedido el bien, no permitiendo clarificar la necesaria revisión o inspección municipal para comprobar si se realizan las actividades para las que fueron cedidos los bienes y si los originales cesionarios del convenio o contrato de cesión corresponden con los actuales.
Las reflexiones finales nos llevan a discernir que debería reestructurarse e implementarse un modelo urbano basado en el libre mercado y en el consumo de inmensas cantidades de recursos materiales y humanos, como es el de Sevilla, el cual también alberga varios de los barrios más pobres del Estado. De esta forma, se mejoraría la gestión y el aprovechamiento integral del modelo urbano al servicio de la ciudadanía. La presencia de un gran número de edificaciones públicas y privadas sin uso evidencia el derroche del sistema urbano y socioeconómico. Es por ello que el reciclaje y la puesta al servicio de las entidades sociales se hacen inmediatamente necesarios. Se recomienda coordinar la gestión y comunicación entre las entidades sociales y las áreas y servicios municipales para la dinamización del parque de bienes inmuebles municipales en desuso, a través de la creación de una ordenanza municipal para la cesión temporal de uso de estos bienes inmuebles, y crear una oficina de atención ciudadana para su activación y coordinación.