nº4 | la cuenta de la vieja

Desobediencia a los gastos militares

¿Qué es la Objeción Fiscal al gasto militar?
Es la no disposición a colaborar con el Estado en los gastos de preparación de guerras y mantenimiento de la estructura militar, desobedeciendo activamente en el momento de realizar la declaración de la renta. Consiste técnicamente en aprovechar la declaración para desviar una parte de la totalidad de nuestros impuestos a un proyecto que trabaje en la defensa de un progreso social solidario.

¿Quién puede objetar?
Cualquiera, ya seas trabajadora, parado, estudiante o no hayas trabajado nunca, y da igual si te sale a pagar o a devolver, siempre que no hayas realizado ya la declaración confirmando el borrador, por ejemplo.

¿Qué cantidad se puede objetar?
Se puede enfocar el asunto de varias maneras:

  • Cuota fija: teniendo en cuenta que el Estado ha destinado este último año 721,83 euros por persona para fines militares, ésta podría ser una buena cantidad a objetar.
  • Cuota abierta: dado que el Estado tiene tantos medios de recaudar nuestro dinero, resulta complicado determinar cuál ha sido la cantidad exacta que nos ha cobrado a lo largo de todo un año. Sin embargo, la Objeción Fiscal es, ante todo, una acción pública y colectiva de denuncia al militarismo y una interpelación a la sociedad. Es mucho más importante el hecho de objetar que la cantidad objetada; por ello, cualquier cantidad, por pequeña que pueda ser, es válida.

¿En qué tradición y estrategia política se encuadra?
La Objeción Fiscal es una campaña de desobediencia civil pura, y como tal se encuadra en la tradición y estrategia de la no violencia.
Consiste en desobedecer y quebrantar pública y colectivamente una ley o norma que se considera injusta buscando su superación por la sociedad. La desobediencia no busca la represión, pero la asume cuando llega e intenta rentabilizarla como medio para llegar a la conciencia de la mayoría de personas de la sociedad. Campañas conocidas de desobediencia fueron las de Gandhi en la India, pero también la Objeción de Conciencia-Insumisión en el Estado Español fue una exitosa campaña de desobediencia.
La Objeción Fiscal es:

  • Activa: porque no nos conformamos con el lamento pasivo, nos convertimos en protagonistas de la transformación social.
  • Colectiva: No es una cuestión personal en nombre propio sino un movimiento colectivo.
  • Pública: porque queremos que se nos oiga para impedir que se nos ignore.
  • No violenta: porque parte de una ética de respetar tanto el fin como los medios. No vemos en «el otro» al enemigo.
  • Política: porque persigue la abolición de los ejércitos, la investigación militar y el entorno militar industrial y de todas las leyes que favorecen la militarización social.

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¿Cómo se hace?

La Objeción Fiscal se concreta en el momento de rellenar el impreso que facilita la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la renta. Lo mejor es hacer la declaración de renta ordinaria o simplificada y no la hoja de devolución rápida. Se puede hacer con la ayuda del programa informático de la Agencia Tributaria (PADRE), de una caja de ahorros o banco, o incluso pedírselo a una gestoría. Si confirmas el borrador, no puedes hacer la Objeción Fiscal.

Es importante dejar constancia mediante un escrito de la demanda al Estado, para que reconozca nuestra Objeción Fiscal como derecho de las personas, y proceda por tanto a retirar de los presupuestos militares la parte correspondiente de nuestra cuota.

Finalmente, ingresas la cantidad de dinero desviada de los gastos militares en cualquiera de los proyectos sociales que quieras promover.

No olvides adjuntar a tu declaración el justificante del ingreso. Viene bien también quedarse con una copia del mismo. Es conveniente que adjuntes también un escrito dirigido al delegado de Hacienda manifestando los motivos de tu desobediencia civil.

HAZ OBJECIÓN FISCAL Y DESVÍA TUS GASTOS MILITARES A LA «ASOCIACIÓN EL TOPO TABERNARIO» en la cuenta con número IBAN ES71 1491 0001 2920 8444 7925

Para más info:

http://www.nodo50.org/objecionfiscal/

http://www.grupotortuga.com/Campana-contra-el-Gasto-Militar

http://www.grupotortuga.com/Como-se-hace-la-Objecion-Fiscal-al

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